Fue en el año 1972 cuando se promulgó la Orden Ministerial de 27 de julio y se constituyó el Consejo Regulador de los Vinos Espumosos con funcionamiento equiparable al de las Denominaciones de Origen. Con esta disposición el Cava queda sujeto a normativa propia, en cuanto a elaboración, producción y comercialización.
El Cava está sometido a la verificación de la calidad que ejercen los servicios técnicos del Consejo Regulador. Estos controles empiezan en los viñedos, basado en los registros de las parcelas con derecho a producir uvas con destino al Cava, en el control de rendimientos, vigilancia de la calidad y destino final de estas uvas.
Los cavas se clasifican según su contenido en azúcares, desde el brut nature al dulce. La diversidad es amplia, en función de los azúcares añadidos:
- Cava Brut Nature: Cava con 0-3 gramos por litro.
- Cava Extra Brut: Cava con hasta 6 gramos de azúcar por litro.
- Cava Brut: Cava con hasta 12 gramos.
- Cava Extra Seco: Cava con entre 12 y 17 gramos de azúcar.
- Cava Seco: Cava con entre 17 y 32 gramos.
- Cava Semi Seco: Cava con entre 32 y 50 gramos.
- Cava Dulce: Cava con más de 50 gramos de azúcar por litro.
La calificación de sus últimas añadas es:
Cosecha | 91 | 92 | 93 | 94 | 95 | 96 | 97 | 98 | 99 | 00 | 01 | 02 | 03 | 04 | 05 | 06 | 07 | 08 |
Calificación | MB | B | MB | B | B | MB | B | MB | MB | E | MB | MB | B | B | MB | E | E | E |
Ver la calificación por añadas de vinos de todas las Denominaciones de Origen.